La extradición por delitos estrictamente militares queda excluida del campo de aplicación del presente Tratado. 3. La Parte requerida podrá retener temporalmente o entregar bajo condición de restitución los objetos a que se refiere el apartado one cuando puedan quedar sujetos a una medida de aseguramiento en el territorio https://pasessinextradicininterpo48888.liberty-blog.com/28861809/extradición-méxico-españa-secrets